lunes, 15 de junio de 2015

Leonel propone "blindaje" de la Constitución de RD

En principio,  se entendía que la Constitución del 2010 fue concebida como una Constitución rígida. Eso quiere decir que al ser nuestra Carta Magna,  y, por consiguiente,  disponer de una posición jerárquica superior en el orden jurídico,  sería de difícil reforma o modificación.
Desde un punto de vista técnico-legal, es lo que la diferencia de una Constitución flexible, la cual puede ser modificada o derogada por el Poder Legislativo, mediante el mismo procedimiento ordinario que se instituye para la aprobación de las leyes.
En los sistemas de Constitución flexible, como es el caso, por ejemplo, del Reino Unido y Nueva Zelanda, la Constitución y las leyes, como fuentes del Derecho, se encuentran sometidas al mismo nivel dentro del orden jurídico.
No ocurre así con una Constitución rígida, como es el de la mayoría de los países, en la que al proclamarse su supremacía sobre cualquier otra normativa o disposición legal, se requiere, para su modificación o derogación, no de una ley ordinaria,  sino de un procedimiento especial, con respaldo de una  mayoría calificada. En algunos  casos, hasta de la realización de una consulta popular o de un referendo aprobatorio
Todo esto nos conduce al hecho de que si nuestra Carta Sustantiva es de naturaleza rígida, como en efecto lo es, en una futura reforma constitucional debe blindarse de manera tal que no sea tan frágil o vulnerable a cualquier tipo de modificación.
Debe hacerse una reforma que se exprese de manera tan clara, precisa y directa, que jamás pueda haber dudas de que en los casos expresamente estipulados, para su modificación se requiera de  mayoría calificada y de la realización de un referendo aprobatorio.
Así protegeremos mejor nuestra Constitución y nuestra democracia.
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fuente:listindiario.com

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