La Dirección de Comunicaciones del Tribunal Constitucional de República Dominicana informó ayer que la Sentencia TC/0282/17, del 29 de mayo de 2017, no se refiere a la decisión TSE-013-2017, dictada por el Tribunal Superior Electoral (TSE) respecto de la categorización de partidos políticos.
Agrega que la sentencia TC/0282/17 decide un proceso constitucional de conflicto de competencias iniciado por la Junta Central Electoral el 18 de noviembre de 2015 relativo a la decisión TSE-017-2015 dictada por el TSE el 18 de septiembre de 2015, identificado en el Tribunal Constitucional con el número TC-03-2015-0002.
El documento de la Dirección de Comunicaciones del TC precisa que se trataba en ese caso del tema relativo al reconocimiento de los partidos políticos.
Indica que actualmente, en un expediente distinto, recibido en la Secretaría del TC, en fecha 25 de mayo del presente año, la JCE ha iniciado otro proceso constitucional de conflicto de competencias, en relación con la decisión TSE-013-2017, dictada por el Tribunal Superior Electoral respecto de la categorización de partidos políticos.
La declaración señala que este expediente se ha identificado con el número TC- 03-2017-0001, el cual todavía se encuentra en etapa inicial de trámite, es decir, que no ha sido decidido, ya que deberá agotar todos los requerimientos que exigen su presentación y decisión por el Pleno.
fuente:listindiario.com
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