La resolución del Tribunal de Ejecución de la Pena de Francisco de Macorís que impuso la prisión domiciliaria al condenado Pedro Alejandro Castillo Paniagua, alias “Quirinito” , indica “que no se interrogó al interno, porque no puede hablar, debido a la enfermedad”.
La jueza de Ejecución de la Pena de San Francisco de Macorís, Aleyda Jiménez Acosta, en la sentencia que le varió el régimen de cumplimiento de la condena, le advirtió a Castillo Paniagua que el sistema de ejecución de la pena estará vigilante de la efectividad de la medida, para que una vez surtido sus efectos continúe el cumplimiento ordinario de la pena, a los fines de alcanzar la correcta rehabilitación que su caso requiere.
Se recuerda que la Procuraduría General de la República abrió una investigación para determinar si Quirinito, condenado a 30 años por asesinato, verdaderamente falleció o fue una maniobra para ponerlo en libertad de manera irregular.
Existe un acta de defunción que establece que Castillo Paniagua habría muerto el día 5 de julio de este año.
Según el acta levantada, Quirinito murió en una casa ubicada en el residencial Bety Marie, del sector Paseo de El Río de San Francisco de Macorís, provincia Duarte, por un “fallo cardíaco debido a infarto agudo al miocardio”, además de que se había informado que padecía un carcinoma epidermoide de base de la lengua.
La Procuraduría emitió una alerta roja a la Interpol para la captura del recluso, de quien sospecha de que habría salido del país.La suspendida jueza Jiménez Acosta dijo que fue el ministerio público que solicitó la variación del régimen de cumplimiento de la pena del imputado.
fuente:listindiario.com
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