martes, 6 de junio de 2017

Director Tránsito justifica fiscalizar por cristales opacos

Luis Estrella, Director  General de Tránsito Terrestre, explicó ayer que la Resolución 02-14 fue emitida en el 2014, precisamente para buscar el equilibrio, porque la Autoridad Metropolitana de Trasporte había iniciado un proceso de detención y colocación de multas a los conductores por llevar los cristales de sus vehículos tintados.
Consideró que esa resolución debió aplicarse todo el tiempo y no dejarla dormir tres años, cuando fue establecida por la Dirección de Tránsito Terrestre amparada en la facultad que le otorga la Ley 241, en su artículo 166.   
“Nosotros emitimos la resolución porque en ese momento la AMET estaba retirando los tintados de los vehículos y eso estaba creando un lío, y con la disposición buscamos una solución intermedia, ya que se trataba de una Ley  241, ya en desuso en este momento,  y por lo tanto el 90% de los vehículos tenían  los cristales tintados, además de que el conductor lo hace por un motivo, no solo de seguridad, sino  hasta de salud”, dijo Estrella.
En su artículo primero la resolución 02-14 prohíbe colocar cualquier tipo de tintado sobre el vidrio delantero (parabrisas) de los vehículos de motor que circulen por las vías públicas. Sin embargo, en el artículo segundo permite que en los vidrios laterales y traseros se use el tintado que proteja al conductor y pasajeros de los rayos del sol, siempre que no afecten la visibilidad total hacia el interior del vehículo.
Estrella precisa que  la prohibición de tintar totalmente el vidrio delantero obedece a que puede obstruir la visibilidad al conductor y convertirse en un peligro de accidente.
fuente:listindiario.com

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