martes, 13 de junio de 2017

JURISTAS: Ven sin base pedido para sacar a tres jueces de caso Odebrecht

La exclusión de uno o varios  jueces del conocimiento de un proceso penal solo es posible de dos formas: mediante la inhibición y la recusación. Así lo prevé el Código Procesal Penal dominicano, que contempla 10 causales que dan motivo para que un magistrado se inhiba de forma voluntaria o que una de las partes lo recuse. 
Basados  en la norma procesal penal, tres abogados consideran que no tiene sustento legal la solicitud de exclusión de tres magistrados para conocer el caso de los sobornos dados por la constructora ODEBRECHT, que hizo el domingo el movimiento Marcha Verde.  
Los juristas Julio Cury,  Bunel Ramírez y Polibio Rivas entienden que no procede esa solicitud de  exclusión.  Ramírez y Cury coinciden que solo es factible que un juez se aparte de un caso mediante la inhibición o la recusación. La inhibición es un acto voluntario del juez, mientras que la recusación es la solicitud que hace una de las partes para que un magistrado se aparte del conocimiento de un asunto. 
Cury expone que cualquier inhibición o recusación se debe hacer en el marco del proceso y precisa que para eso el movimiento Marcha Verde tendría que justificar su intervención en el caso, a través de alguna de sus organizaciones, para representar derechos colectivos y difusos. 
“No es vociferándolo en marchas o en tarima, porque esas peticiones no las pueden considerar al momento de conocer del recurso de apelación de la resolución que impuso medida de coerción contra los imputados del caso ODEBRECHT”, indicó.
Sostuvo que la inhibición la tiene que conocer la sala a la que pertenece, para determinar si su voluntad de separarse del proceso está  justificada en hechos y en derecho.
“No puede ser una decisión unilateral del juez... tiene que ser apreciada por sus pares”, expresa. Enfatiza que el Magistrado tiene también que establecer las causas por las cuales lo hace, tras expresar que no puede ser por el rumor público.  
De ahí que considera un acto inexistente la decisión de la presidenta de la Cámara Penal de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Miriam Germán Brito, de pedir al presidente de la Alta Corte, Mariano Germán, de que la apartara del caso ODEBRECHT. 
fuente:listindiario.com

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